Entra en vigencia la ley que prohíbe las pruebas  en animales para cosmética en Colombia

Colombia puso en marcha la Ley 2047, en 2020, que establece la prohibición de las pruebas en animales con fines cosméticos. Esta normativa incentiva tanto a la comunidad a elegir productos respetuosos con otros seres sintientes como a los laboratorios a desarrollar y aplicar métodos alternativos.

A partir del 10 de agosto de 2024, la Ley 2047 regula la prohibición de la experimentación, exportación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, así como de sus ingredientes o combinaciones, que hayan sido objeto de pruebas en animales dentro del territorio colombiano posterior a su entrada en vigencia.

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La Ley 2047, promulgada en 2020 en el Diario Oficial de Colombia, define como producto cosmético a cualquier sustancia o formulación destinada a entrar en contacto con las partes superficiales del cuerpo humano, los dientes o las mucosas bucales, con el fin de limpiarlos, perfumarlos, protegerlos, mantenerlos en buen estado, corregir olores o mejorar su apariencia. Esto incluye artículos como maquillaje, jabones, cremas, bloqueadores solares, desodorantes, cremas de afeitar, pomadas y geles, entre otros.

La norma también establece dos excepciones a la prohibición general. La primera aplica cuando un ingrediente debe someterse a pruebas de seguridad por riesgos para la salud o el medio ambiente y no existen alternativas validadas por la comunidad científica internacional. La segunda se contempla cuando los datos de seguridad obtenidos mediante pruebas en animales fueron generados con un propósito distinto al cosmético.

En caso de incumplimiento, las personas o empresas podrán ser sancionadas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) con multas que van desde 133 hasta 50.000 salarios mínimos legales mensuales, lo que puede alcanzar montos cercanos a los 65.000 millones de pesos colombianos.

Además, la ley establece incentivos para el desarrollo y adopción de métodos alternativos al uso de animales. Según el documento oficial, el Estado deberá facilitar el fortalecimiento de laboratorios e instituciones de investigación que implementen modelos alternativos validados por la comunidad científica internacional. Estos estímulos se canalizarán mediante becas de financiación convocadas anualmente por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación durante los 15 años posteriores a la promulgación de la ley.

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Se destaca que la norma está alineada con la legislación vigente en Europa y Estados Unidos, cumpliendo con estándares de seguridad pública y bienestar animal, y al mismo tiempo ofreciendo una gran oportunidad para la exportación de productos de la industria cosmética colombiana.

No obstante, el representante y autor del proyecto, Juan Carlos Losada, señaló que la reglamentación de la ley aún no ha sido redactada, debido a que la entidad encargada de definirla ha sido modificada en varias ocasiones, lo que ha dificultado la fiscalización efectiva de la normativa. Ante esta situación, Losada presentó una acción de cumplimiento con el objetivo de presionar al Gobierno y garantizar que la reglamentación se concrete.

A pesar de que la reglamentación aún no se ha publicado, el congresista destacó que la experimentación en animales con fines cosméticos y la importación de productos testeados ya están prohibidas en Colombia, calificando la norma como un “logro histórico” para el país y para América Latina.

Con esta ley, Colombia se suma a México, Guatemala, Chile y Brasil entre los países de la región que han implementado legislaciones más éticas en la industria cosmética, promoviendo el desarrollo y la adopción de métodos alternativos que no requieren el uso de animales.


Si quieres aportar a una industria cosmética libre de pruebas en animales, recuerda siempre escoger productos certificados como cruelty free. Revisa el listado completo de marcas aquí.

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